Las inversiones en CEDEAR, acciones, plazos fijos o Bitcoin pueden parecer muy atractivas, pero también pueden dar sorpresas por la magnitud de los impuestos a pagar, según los casos, ya que es posible que queden alcanzadas por Ganancias y Bienes Personales.

Javier Fuentes, Tax Manager de Pgk Consultores, afirma a iProUP que "para realizar un desembolso que optimice la carga fiscal, deberán considerarse los rendimientos netos de los gravámenes, conforme la tributación que debe aplicárseles".

"El caso en que varían los tributos a abonar es el de las personas humanas, ya que para las personas jurídicas el tratamiento impositivo de cualquier inversión es indiferente, ya que quedan todos los resultados gravados en Ganancias", subraya el experto, quien destaca que el nivel de tributación dependerá de:

"En cuanto a los CEDEAR, acciones, depósitos a plazo fijo, criptoactivos y similares hay que verificar en cada uno si tributan bajo el esquema general, impuesto cedular o a la tasa proporcional (para los del exterior), o si están exentas", comenta.

Acciones, ADR y CEDEAR: qué impuestos hay que pagar

Para las inversiones en acciones, incluyendo los ADR y CEDEAR,  en Ganancias se debe distinguir la compraventa de los rendimientos (dividendos). También debe considerarse si se trata de títulos valores locales o del exterior, precisa Fuentes, quien enumera:

Qué pasa con los impuestos y los plazos fijos

Fuentes remarca que "los plazos fijos hechos en pesos localmente, con o sin cláusula de ajuste, están exentos de Ganancias y Bienes Personales".

"En cambio, si los plazos fijos son en dólares, aunque se haya colocado en bancos nacionales, sus resultados quedan gravados en Ganancias a la escala general que llega a 35%, junto al resto de las rentas obtenidas. En Bienes Personales quedan exentos", considera.

"Finalmente, todo plazo fijo constituido en el exterior estará alcanzado por Ganancias a la escala general y en Bienes Personales, en 2023, a la alícuota para los activos en el exterior", sostiene.

Bitcoin y criptoactivos: qué impuestos hay que pagar

"Los criptoactivos están gravados en Ganancias a la tasa del 15%, locales como extranjeros: los primeros, por cedular; y los segundos, a la tasa proporcional por resultados del exterior. También están alcanzados por Bienes Personales", aclara Fuentes.

Cecilia Núñez y Mariano Caminos, de KPMG, indican a iProUP:  "Las criptomonedas, por regla general, están gravadas en Bienes Personales y Ganancias si generan renta por dividendos, intereses o compraventa.

Fondos comunes de inversión: qué impuestos hay que pagar

Fuentes remarca que "los fondos comunes de inversión que son abiertos y se emiten bajo las reglas de la CNV están exentos en Ganancias", señala Fuentes.

Pero advierte que en Bienes Personales, la eximición "depende del tipo de activo subyacente que lo componga (plazos fijos o acciones, por ejemplo), tiempo y proporción que permanecen en esos fondos", afirma.

"Además, hay que analizar su composición (activo subyacente principal esté integrado, al menos en un 75%, por bienes y depósitos exentos) para definir si aplica la exención de la compraventa en Ganancias", enfatizan Núñez y Caminos.

Bienes Personales y Ganancias: qué deben tener en cuenta los inversores

Núñez y Caminos resaltan que "como regla general, todas las inversiones sobre activos del exterior se encuentran gravadas en Bienes Personales. La única excepción ocurre con activos en Bolivia, a partir del convenio para evitar la doble imposición con ese país".

"Por el lado de inversiones argentinas, los títulos y bonos públicos se encuentran exentos, como también los plazos fijos en entidades bancarias. Las acciones si bien, están gravadas, puede contar con un beneficio de estar alcanzadas al 0,5%", explican.

Según las expertas, "esto se debe a que ese es el impuesto que paga la sociedad, aunque se suele trasladar el costo al accionista a través de un descuento en el momento de pagar dividendos".

"Las obligaciones negociables argentinas emitidas en pesos también quedan exentas. No las emitidas en dólares o moneda extranjera, sujetas al impuesto", manifiestan.

Por último, recuerdan que "los fondos comunes de inversión están gravados o exentos de acuerdo con su composición durante el año". La tasa del impuesto varía entre 0,5% y 1,75% para los bienes que se encuentren en Argentina y entre 0,7% y 2,25% para los bienes del exterior.

Núñez y Caminos expresan: "Al igual que en Bienes Personales, la regla general indica que todas las inversiones del exterior abonan Ganancias, ya sea por la renta fija o dividendos que generen, como también el resultado de compraventa".

Los plazos fijos y obligaciones negociables en pesos están excentos de Ganancias

"Es decir, el rendimiento está alcanzado con una tasa máxima del 35%, mientras que el resultado de la venta de ciertas inversiones pagará un 15%. La excepción a la regla son los bonos soberanos nacionales de Brasil (solo el interés/cupón) y los de Bolivia".

Los títulos públicos y obligaciones negociables argentinas (tanto la renta compra la compraventa) y el interés generado por el plazo fijo en una entidad financiera argentina, se encuentran exentos en Ganancias.

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