Blanqueo de criptomonedas, dólares e inmuebles: el plan de Massa
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El Ministerio de Economía dejó trascender un "anteproyecto" de una ley de "Exterorización del Ahorro Argentino" muy amplio, para dólares, activos financieros, inmuebles e incluso Bitcoin.
La iniciativa del ministro de Economía, Sergio Massa, otorga un impuesto especial muy beneficioso a quien decida sacar dólares de su colchón en el país o quien repatríe las divisas, según publicó iProfesional.
También crea un "Monoblanqueo" para la exteriorización de hasta u$s50.000, y prevé beneficios para cumplidores, aunque no los establece, sino que los deja en manos de la AFIP. Se trata de un pedido de la oposición
En el mismo proyecto, se incluye una modificación del Régimen Penal Tributario, para crear la figura de un "colaborador", que cobrará una recompensa por denunciar casos de evasión.
El blanqueo de dólares, pesos en negro, acciones, Bitcoin, inmuebles, muebles y demás bienes, incluyendo créditos deben ser preexistentes a la fecha de vigencia de la ley, y el plazo será de 270 días corridos.
Las personas humanas son quienes pueden acogerse al blanqueo, sin embargo, prevé las tres siguientes excepciones:
1. Efectivo en dólares o en pesos en el país: el producido deberá depositarse en una "Cuenta Ahorro Argentino", que instrumentará el Banco Central.
En el caso de tenencias de dólares en el exterior, se deberá certificar su depósito en un banco extranjero o en un agente de bolsa autorizado.
2. Activos financieros: mediante su depósito en entidades bancarias o de custodia que establezca la reglamentación, tanto para el país como para conservarlos en el exterior.
3. Criptomonedas: se deberá presentar una declaración jurada para individualizarlas.
1. Tasas de Ganancias por incremento patrimonial no justificado.
2. Toda acción civil, comercial, penal tributaria, penal cambiaria y sanciones administrativas.
3. Impuesto a las Ganancias a las salidas no documentadas.
4. Impuesto a las Ganancias por las ganancias no declaradas.
5. Impuestos internos e IVA
6. Impuesto sobre los Bienes Personales y contribución de las cooperativas.
En caso de que la exteriorización de bienes en negro se demuestre incompleta, se caen todos los beneficios y renacen las sanciones.
En esta ocasión, no se pide la condición de que los dólares estén depositados en territorios o países no catalogados como paraísos fiscales o no cooperantes en materia impositiva.
Lo que sí se mantiene es la prohibición al ingreso de dólares sin sanciones desde países considerados de alto riesgo o no cooperantes en materia de lavado de dinero proveniente del narcotráfico y el terrorismo por el GAFI.