La Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje en Consumo, perteneciente a la Secretaría de Comercio Interior de la Nación, imputó a Mercado Libre y 16 proveedores que operan en la plataforma eCommerce por presunta publicidad engañosa.

Esta imputación se lleva a cabo porque las mismas publicitan productos para los consumidores con la posibilidad de pagarlo en cuotas sin interés cuando en realidad tendrían un precio mayor que en pago al contado.

El rey del ecommerce habría incumplido los arts. 4 y 7 de la Ley N° 24.240 de Defensa del Consumidor.

El "engaño" de Mercado Libre

En base a una investigación de oficio, el organismo público detectó que muchos productos promocionados con la posibilidad de abonar en cuotas sin interés, tendrían publicaciones gemelas del mismo producto y del mismo proveedor, pero sin la posibilidad de pagar en cuotas sin interés, cuyo valor al contado era menor.

Esta investigación fue realizada en los meses de febrero y marzo de 2022, donde se encontraron publicaciones del unicornio criollo en las que se observaban ofertas destacadas con mensajes y expresiones como "descubrí un universo de descuentos hasta 40% - hasta 12x sin interés" o "hasta 50% off y 12x sin interés", entre otras.

De esta forma, se habría inducido a los consumidores a creer de que se estaba ofreciendo la posibilidad de abonar productos en cuotas sin interés, cuando no sería cierto ya que las publicaciones en cuotas tendrían un precio mayor.

Incumplimiento de la ley

Esta práctica maliciosa configuraría un presunto incumplimiento a los arts. 4 y 7 de la Ley N° 24.240 de Defensa del Consumidor, que obligan, respectivamente, a todo proveedor a suministrar en forma cierta, clara y detallada información veraz sobre todo lo relacionado con las condiciones de comercialización de los bienes que provee y sobre las modalidades, condiciones o limitaciones de la oferta que emite.

El derecho a la información implica que la o el consumidor debe ser enterado en forma cierta, detallada y veraz de las características del bien o servicio que se le ofrece, a fin de que pueda decidir en forma libre y razonada si desea acceder a él o no, según publica el sitio oficial del gobierno argentino.

Las multas establecidas en la normativa vigente que pueden alcanzar los $5.000.000.

Mediante estas acciones, la Secretaría de Comercio Interior, pretende modificar prácticas sistemáticas que vulneran los derechos de las y los consumidores y proteger las relaciones de consumo.

La empresa tiene cinco días hábiles para efectuar su descargo. En el caso de que se descubra que las conductas advertidas fueron reales, se aplicarán las multas establecidas en la normativa vigente que pueden alcanzar los $5.000.000.

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