Luego de que iProUP adelantara que el Banco Central regularía a las fintech, la autoridad monetaria estableció, a través de la Comunicación A 6859, normas que ordenan el funcionamiento de las cuentas de pago ofrecidas por las fintech en sus billeteras virtuales.

"Una de las medidas dispuestas consiste en que los fondos de los clientes acreditados en cuentas de pago ofrecidas por los PSP deberán encontrarse en cuentas a la vista, en pesos, en entidades financieras del país y, en todo momento, disponibles con carácter inmediato ante su requerimiento, por un monto al menos equivalente al que fue acreditado en la cuenta de pago", remarca la entidad.

Esto significa que el dinero de todas las cuentas virtuales (identificadas con CVU) deberá estar en cuentas bancarias locales, lo que le permitirá al BCRA monitorear la evolución.

Además, el ente establece que "los PSP podrán, a pedido de sus clientes, aplicar los saldos de las cuentas de pago en fondos comunes de dinero y se requerirá al PSP que los saldos invertidos se informen de manera separada del resto".

Esto último apunta especialmente a Mercado Libre, donde tanto el saldo del usuario como el monto dedicado al fondo de inversión están unificados. En cambio, Ualá ya ofrece ambos conceptos por separado.

El organismo dirigido por Miguel Pesce fijó como plazo el 30 de marzo para que las fintech se adecúen a estos requerimientos.

Desde el Banco Central además remarcaron las siguientes "main ideas":

- Argentina se suma a países de la región como Brasil, Colombia, Paraguay, Uruguay, como así también Europa que ya cuentan con un marco regulatorio

- Esta tendencia busca aumentar la transparencia de las operaciones y proteger aún más a los usuarios.

- El dinero de los clientes deberá estar siempre disponible -con carácter inmediato- cuando éstos lo dispongan.

- El 100% del dinero de los clientes deberá estar depositado en cuentas en pesos en entidades financieras del país y separados de los fondos propios del proveedor de servicios de pago (PSP).

- Los clientes de los PSPs podrán aplicar sus fondos a inversiones en fondos comunes de dinero.

- Los saldos en los PSP de la cuenta de pago y de la cuenta de inversiones deberán visualizarse en forma separada.

- Ante eventuales incumplimientos se aplicarán los artículos 41 y 42 de la Ley de Entidades Financieras

- Los proveedores podrán adecuarse al marco normativo hasta el 31 de enero de 2020.

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