El Presidente de la Nación, Javier Milei, canceló su agenda en Oslo, Noruega, tras la entrega del Premio Nobel de la Paz, para arribar temprano en Aeroparque Jorge Newbery donde firmó la Reforma Laboral que su gobierno presentará ante el Congreso en las Sesiones Extraordinarias que empezaron el miércoles.

La misma estaba prevista para presentarse durante la jornada de inicio, tras la confirmación del Consejo de Mayo, el equipo designado por el Presidente para debatir esta y otras reformas, liderado por el jefe de Gabinete, Manuel Adorni, pero se demoró porque algunos puntos relacionados con el sindicalismo, generaban dudas.

De todas formas, la "Ley de Modernización Laboral" promete quitarle protagonismo a los sindicatos, medida que se cristaliza en el "fin de la ultraactividad": le pone punto final a la vigencia de todas las negociaciones de Convenios Colectivos, una vez finalizado el plazo (dos años), lo que implica retomar las negociaciones y darle una ventaja a la patronal.

Al respecto, la nueva Ley aclara que "la secretaría de Trabajo convocará a las partes legitimadas para negociar, y/o renegociar y/o ratificar las cláusulas de los Convenios Colectivos que estuvieran vencidos" y que para negociar un Convenio, de cualquier nivel, "cuyas cláusulas normativas se hallaren vigentes solo por ultraactividad, la autoridad administrativa del trabajo podrá decretar la suspensión de los efectos".

El mayor punto de debate, radicó en la inclusión o no de un apartado donde se planteaba eliminar las llamadas Cuotas Solidarias (la Ley las llama de afiliación), lo que se terminó por matizar: "siempre que medie conformidad expresa del trabajador y acuerdo entre las partes", a lo que se suma que "los empleadores podrán actuar como agentes de retención".  

Los encargados de presentar el proyecto serán

La Reforma Laboral buscará poner un marco regulatorio a Rappi y a Pedidos Ya

En las últimas horas, se filtró un documento que contiene los detalles de la "Ley de Modernización Laboral". Entre las novedades más salientes, ofrecería, por primera vez, un marco regulatorio para los trabajadores de las denominadas "plataformas tecnológicas" como Rappi o Pedidos Ya.

"Como no tenían una regulación específica, se establecería un régimen específico: la jurisprudencia lo marcaba como una relación de dependencia con un trabajador precarizado y entendía que por más que sean autónomos o monotributistas, se daban cuestiones típicas de una relación de dependencia", remarcó Silvana Iudkovsky, abogada laboralista.

El escrito define los siguientes conceptos:

A grandes rasgos, la Reforma dispondría, en estos casos, de una serie de derechos y obligaciones que involucran a los, ahora designados, repartidores independientes y a las plataformas.

A los trabajadores autónomos, se les garantizaría:

Mientras que, de mantenerse firme el escrito, a las plataformas les corresponde:

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