Planificar el descanso anual es un derecho de todos los trabajadores registrados en Argentina. Sin embargo, muchos desconocen cuántos días les corresponden, cómo se calculan según la antigüedad y cuáles son las reglas para tomarlos y cobrarlos.
La Ley de Contrato de Trabajo (LCT) establece parámetros claros que aplican tanto al sector privado como al público.
A continuación, en iProUP te compartimos una guía práctica para entender cuántos días de vacaciones te corresponden y cómo funciona el régimen legal vigente.
Cuántos días de vacaciones corresponden según antigüedad
La cantidad de días de descanso depende del tiempo trabajado al 31 de diciembre del año al que corresponden las vacaciones.
La tabla es la siguiente:
Si tenés menos de 6 meses de antigüedad
La LCT establece un sistema proporcional:
-
Entre 4 y 7 semanas trabajadas: 1 día
-
Entre 8 y 11 semanas: 2 días corridos
-
Entre 12 y 15 semanas: 3 días corridos
-
Entre 16 y 19 semanas: 4 días corridos
-
Más de 20 semanas: 5 días corridos
Si tenés más de 6 meses de antigüedad
-
Más de 6 meses hasta 5 años: 14 días corridos
-
Más de 5 y hasta 10 años: 21 días corridos
-
Más de 10 y hasta 20 años: 28 días corridos
-
Más de 20 años: 35 días corridos
Es importante tener en cuenta que algunos convenios colectivos pueden otorgar más días que la Ley de Contrato de Trabajo, por lo que cada actividad puede tener particularidades.
¿Cuándo podés tomarte las vacaciones?
El empleador debe otorgarlas dentro del período legal que va del 1° de noviembre al 30 de marzo del año siguiente.
Además:
-
Si trabajás solo días hábiles, las vacaciones deben comenzar un lunes (o el día hábil siguiente si el lunes es feriado).
-
Si trabajás días hábiles e inhábiles, el inicio se computa desde el día hábil siguiente al final de tu descanso semanal.
-
La empresa debe notificar la fecha con al menos 45 días de anticipación.
¿Puedo pedir fraccionar mis vacaciones?
Sí, pero con condiciones. El trabajador puede solicitar dividir sus vacaciones, y el empleador puede aceptarlo siempre que se garantice:
-
Un período continuo mínimo equivalente a dos tercios de los días que corresponden por ley.
-
El resto de los días se pueden distribuir en otros momentos del año.
Este esquema permite usar parte de las vacaciones en verano y reservar días para viajes o descansos más cortos durante el resto del año.
Cómo se pagan las vacaciones
Las vacaciones son remuneradas y deben abonarse antes del inicio del período de descanso. Además, deben estar discriminadas en el recibo de sueldo.
El cálculo depende de la modalidad de pago:
-
Trabajadores mensuales: el salario se divide por 25 y se multiplica por los días de vacaciones.
-
Trabajadores por día u hora: se paga lo equivalente a lo que hubiera correspondido cobrar el día anterior al inicio del descanso.
La legislación aplica únicamente a empleados en relación de dependencia formal. No contempla a trabajadores informales, monotributistas, autónomos ni independientes.
Convenios que otorgan más días
Si bien la LCT establece los mínimos legales, hay actividades que gozan de más días de descanso a través de convenios colectivos. Por ejemplo:
-
Trabajadores judiciales (feria de verano e invierno)
-
Farmacéuticos
-
Encargados de edificio, que tienen entre 12 y 28 días hábiles según antigüedad
Cada convenio puede definir montos superiores, pero nunca menores a lo que indica la ley.
Cómo saber cuántos días te corresponden sin errores
Para determinarlo correctamente, se recomienda:
Chequear la fecha de ingreso y la antigüedad exacta al 31 de diciembre.
Verificar si el convenio colectivo de tu actividad otorga más días.
Confirmar si trabajaste días hábiles, inhábiles o ambos, ya que afecta el día de inicio.
Revisar con Recursos Humanos la liquidación previa al inicio del descanso.
Planificar las vacaciones no solo permite organizar viajes y reservas, sino también asegurarse de recibir el pago correspondiente y utilizar los días de manera eficiente.