El presidente Javier Milei ofrecerá su primera cadena nacional en la que se referirá al decreto de necesidad y urgencia (DNU), mediante el cual se instrumentará la desregulación económica.

Se trata de alrededor de 600 artículos que no tendrán que pasar por el Congreso.

Entre las principales iniciativas del DNU figuran cambios en el sistema laboral, la simplificación de algunos trámites burocráticos para modernizar el Estado y la derogación de la ley de alquileres.

Trascendió que se propondrá limitar el derecho de huelga, promover el modelo UOCRA para reemplazar indemnizaciones por fondos de desempleo y recortar las multas a empleadores, además de sanciones más duras para las protestas y extender los períodos de prueba laboral de los actuales tres meses a casi un año.

También se buscaría modificar la cuota solidaria, que se acuerda entre empresas y sindicatos y fija un descuento del sueldo a los trabajadores no afiliados por su representación en la negociación colectiva.

Milei explicará el DNU por cadena nacional

DNU: ¿qué es un decreto de necesidad y urgencia y cuál es su alcance?

Es el Presidente quien lo emite cuando existen circunstancias excepcionales que impiden seguir el procedimiento de sanción de las leyes establecido en la Constitución Nacional.

Estos no pueden regular cualquier materia. No pueden tratar temas de materia penal, tributaria, electoral o sobre partidos políticos.

El Jefe de Gabinete debe comunicar al Congreso de la Nación los decretos de necesidad y urgencia que se emiten, que debe controlar si se cumplieron los requisitos que establece la Constitución.

La Comisión Bicameral Permanente tiene que expedirse y elevar el dictamen al plenario de cada una de las Cámaras para su tratamiento.

¿Quiénes deben firmar los decretos de necesidad y urgencia?

Deben ser firmados por el Presidente, el Jefe de Gabinete y todos los ministros.

Cuando se emite el decreto de necesidad y urgencia debe decir que se funda en el art. 99 inciso 3º de la Constitución Nacional.

Los DNU no pueden tratar temas de materia penal, tributaria, electoral o sobre partidos políticos

DNU: características generales

¿El Congreso puede delegar funciones legislativas en el Presidente o Presidenta?

No. En principio se prohíbe la delegación legislativa en el Poder Ejecutivo salvo en temas de administración pública y emergencia pública.

¿Qué es un decreto delegado?

Es el que emite el Presidente o Presidenta cuando una ley del Congreso de la Nación lo autoriza. La ley puede delegarle funciones legislativas en materia de administración pública y emergencia pública y tiene que establecer el plazo para ejercer ese derecho y las pautas dentro de las cuales puede actuar.

¿Cómo se controlan los decretos delegados?

¿Quiénes deben firmar los decretos delegados?

Deben ser firmados por el Presidente o Presidenta y el Jefe de Gabinete. Cuando se emite un decreto delegado debe decir que se funda en la ley que delegó las facultades legislativas y en el art. 76 de la Constitución Nacional.

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