En una semana en la que se debate extender la prohibición de despidos y con la doble indemnización ya prorrogada hasta fin de año, los empresarios argentinos dan cuenta de las dificultades que atraviesan para generar nuevos puestos laborales, pues no dejan de sincerarse al afirmar que tener que terminar un vínculo laboral hoy se vuelve imposible y, de tener que hacerlo, implica enfrentar unos costos que son demasiado elevados para casi todos. En este marco, es que se ve que crece el uso –y abuso– de los contratos temporales.

Esta figura, que ha tomado relevancia en los últimos meses, es muy utilizada por empresarios que tuvieron que reinventar su negocio o por aquellos que vieron repentinamente aumentada su demanda, pero sin poder proyectar esa tendencia a largo plazo.

Estos contratos temporales pueden ser a cinco años, cuando son a plazo fijo, o de seis meses por año si son eventuales, y hasta un máximo de un año en un período de tres años. Para poder apelar a este tipo de contratación la firma tiene que estar desarrollando una actividad no habitual o pasar por una demanda extraordinaria y transitoria.

Por sus características, los contratos temporales son una gran herramienta para las empresas, pues pueden así responder a nuevos trabajos sin tener que comprometerse con una relación laboral que, a largo plazo, ya no tendría razón de ser. Al mismo tiempo, se eliminan los gastos de desvinculación, pues el vínculo tiene una fecha límite.

Es por todo esto que actualmente muchas firmas recurren a estos contratos como método de contratación. De no hacerlo, directamente no podrían sumar a nadie, pues no están en condiciones de desembolsar una doble indemnización, y tampoco de sostener empleos con cargas sociales a largo plazo.

¿Es esto un abuso? ¿Pueden los empresarios hacer esto? Lo que sucede es que las premisas de su aplicación no terminan de ser del todo exactas, por lo que están sujetas a la interpretación y esto abre un margen de incerteza entre las situaciones permitidas y las que no. Es por eso que es frecuente ver que se diriman estas diferencias en tribunales, algo que es contraproducente a la propia figura.

También es cierto que muchas veces los empleadores tienden a "forzar" su aplicación a circunstancias no aptas. El abuso de esta figura, en general, se da por la falta de cumplimentación del requisito de extraordinariedad en las tareas a realizar.

Por todo esto, es necesario ver este modo de contrato bajo la lupa de la actualidad económica y laboral de la Argentina, pues en momentos de crisis permite a las empresas y los emprendedores generar nuevos puestos de trabajo y facilita plasmar actividades a corto o mediano plazo. Al bajar los riesgos de contratación las organizaciones se animan más a crear puestos laborales y esto facilita que la relación laboral evolucione a una de largo plazo con contrato por tiempo indeterminado.

*Tomás Casaburi es socio del estudio de abogados Fretes-Casaburi-Grinenco

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