"Si se aprueba, volvemos a la oficina". Así de tajantes, varios projects leaders de diversas empresas del conocimiento comunicaron esta semana a sus equipos que si la ley de Teletrabajo se promulgaba, como finalmente se hizo, se retomaría progresivamente la actividad presencial.

El Senado promulgó sin cambios el proyecto del oficialismo recibido de Diputados por 40 votos a favor y 30 en contra. Pero desde todos los sectores advierten que la norma "como está", no beneficia ni a las firmas ni empleados.

 

La modalidad se desarrolló de "manera natural" en el país a partir de la negociación entre empresas y empleados. En muchos casos, hasta se propone como un beneficio. Pero la sensación en el ámbito empresarial es que el Congreso "rompió" el home office.

Más aún, se cree que el protagonismo de los gremios en la discusión de esta norma no hizo más que intentar traducir el trabajo tradicional al remoto, en lugar de pensar una modalidad basada en el "mundo real".

"Impracticable"

"Hay artículos impracticables. Es una ley que se redactó sin conocimiento de cómo funciona el home office. Sólo derivará en litigios, cuando nuestra indusrtia no tiene un sólo juicio laboral por teleteletrabajo", advierte a iProUP Luis Galeazzi, presidente de ArgenCon, asociación que nuclea a las empresas del Conocimiento.

En el mismo sentido, Claudio Cesario, preridente de la Asociación de Bancos de la Argentina (ABA), afirmó que "no le preguntaron a los trabajadores ni a los dadores de trabajo qué piensan del teletrabajo. El proyecto tiene una rigidez tal que se mata el argumento principal del teletrabajo, que es la flexibilidad".

En este punto coincide Hernán Cuenca Martínez, de PwC Argentina, señala que "desde el sector privado, apuntan contra la mayor rigidez de la normativa que resulta contraria a la flexibilidad que piden los mismos empleados y lo que es la práctica que las empresas vienen desarrollando crecientemente desde hace algunos años".

Para el directivo, lo más adecuado hubiera sido "establecer lineamientos más amplios y programáticos en la ley, para que sean las convenciones colectivas las que regulen las particularidades propias de cada actividad con una mayor aproximación a la realidad de cada sector y en el marco que esta práctica se establece".

Galeazzi agrega que la ley se centra en la casa del empleado, pero no siempre el teletrabajo se realiza en ese ámbito. A veces se efectúa en la empresa del cliente, centros de capacitación, hoteles. Hasta hay empleados respondiendo consultas en la sala de espera del médico", ejemplifica Galeazzi.

"El efecto final no lo sabemos. Pero no va a ayudar y puede haber empresas que ante la complicación de enfrentar una contingencia laboral lo va a restringir. Va a ir en contra de los profesionales que demandan más libertad", completa el ejecutivo.

Además, remarca que "la ley hay que aceptarla, porque el parlamento es soberano", pero confía en que "a través de la regulación del Ministerio de trabajo se pueda reconocer el modo operativo" para permitir que no peligren los 3,36 millones de empleos -según cálculos de Cippec- capaces de ser realizados de forma remota.

Las 10 críticas

iProUP recopiló los reclamos del sector privado para que la modalidad de teletrabajo pueda seguir siendo aplicada, por lo que todo caerá en la reglamentación que disponga el Ministerio de Trabajo.

1. Alcance

La Unión Industrial Argentina criticó "desde el vamos" que la normativa pretenda ser de aplicación también para el trabajo remoto desempeñado en forma parcial. Así, según la entidad, la regulación cabrá tanto para un empleador que otorga una jornada remota a la semana como para el que otorga tres o todos los días.

La UIA afirma que es necesario cambiar la terminología de modo que la ley se aplique a quienes trabajan "mayoritariamente" en régimen de home office. "Sino, lo que va a suceder es que quien hoy otorga un día de teletrabajo, lo eliminará y todo será presencial", enfatiza la cámara fabril.

También Argencon, que nuclea a las firmas del conocimiento, señala que la ley está armada para cuando el home office se realiza de forma completa en la casa, lo cual "está muy alejado de la realidad".

"Hay muchísimos más casos mixtos que full teletrabajo. Al menos debería establecerse un umbral o distinguir modalidades", precisa el directivo a iProUP.

2. Jornada laboral y desconexión

Córdoba Technology Cluster, una asociación de empresas e instituciones dedicadas a la innovación en suelo cordobés, exige una excepción para la industria del software en el artículo sobre jornada laboral que obliga a que los sistemas impidan la conexión fuera del horario de trabajo.

"El logro de los objetivos es uno de los factores del éxito de la gestión laboral del sector", aseveran a iProUP desde la entidad. Y remarca que el impedimento de conexión no debe aplicarse a la actividad del software, Industria del Conocimiento, Trabajos de Internet, medios de información digitales, plataformas informáticas y similares.

La conexión fuera de la jornada laboral, según Córdoba Technology Cluster, debería permitirse "previo acuerdo" con los trabajadores y las autorizaciones laborales correspondientes.

En tanto, la cámara de comercio de los Estados Unidos (AmCham) pide ser "cuidadosos" en torno al derecho de desconexión, especialmente en lo que se entiende por "remitir comunicaciones". Puso como ejemplo los casos en que se trabaja con personas conectadas en distintos usos horarios.

"La  propuesta podría ser contraproducente ante la imposibilidad del empleado de organizar sus horarios acordados con el empleador, en función de sus necesidades personales", puntualiza AmCham. En este punto, la UIA exige que se admita establecer "un traje a medida" para cada actividad y no simplificar la desconexión digital con requisitos globales.

La Cámara Argentina de Comercio (CAC) se pregunta: "Un mensaje o una solicitud por fuera del horario de trabajo, ¿constituye una injuria laboral?". Y desde la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) sugieren que, en todo caso, la norma establezca la no obligación de responder estas comunicaciones o solicitudes hasta el inicio de la próxima jornada laboral del empleado.

3. Tareas de cuidados

El proyecto establece que quienes tengan tareas de cuidado de familiares tienen derecho a horarios compatibles y a interrumpir la jornada laboral. AmCham afirma que es importante sostener un principio de equidad y no generar una situación de discriminación con relación a los trabajadores presenciales.

Para la UIA, las tareas de cuidado deben tener un tratamiento especial en otra norma y alerta que el artículo de la ley de teletrabajo es "preocupante" en cuanto a las sanciones de tipo penal ante la negativa del empleador.

Por su parte, Argencon apunta que la norma establece un esquema rígido que convertirá al teletrabajo en poco atractivo para las empresas, mientras que CAME pide "garantizar cierta regularidad de la jornada" y advierte que no se determina cómo compensará las horas el trabajador que tenga personas a su cargo para su cuidado, si interrumpe la jornada laboral.

4. Reversibilidad

El proyecto señala que los teletrabajadores tendrán derecho en cualquier momento a pedir su regreso al modo presencial, lo que desató un gran número de críticas.

AmCham exigió que la revocación de la modalidad remota sea comunicada por el empleado con antelación no menor a un mes. Y que la reversibilidad sea un derecho de ambas partes. En el mismo sentido, Córdoba Technology Cluster solicita una excepción para la industria del software y en general, del conocimiento.

Tanto Cippec, como cámaras de compañías periodísticas entre las que se contó Adepa, consideran que la reversión sin motivo y en cualquier momento atenta contra la modalidad de home office y la inversión que exige.

Las entidades afirman que la "reversibilidad" del home office deben poder solicitarla ambas partes

"El trabajador que ingrese en una empresa bajo la modalidad de teletrabajo no debería tener derecho a pedir un puesto presencial, porque es absurdo pensar -por ejemplo- en crear esto en algún lugar del interior", resalta AMDIA, la cámara que reúne a las firmas de marketing digital.

La UIA considera que la reversibilidad debe ser una opción siempre que sea posible tanto para el trabajador como para el empleador, al tiempo que coincide con el resto de las críticas. 

Según CAME, "el principio de reversibilidad debe quedar a cargo del empleador, ya que de otra manera impide las facultades de dirección y organización que tiene la empresa".

5. Higiene y seguridad laboral

Según la norma, los accidentes acaecidos en el lugar, jornada y en ocasión del home office, se presumen accidentes de trabajo o, en su caso, enfermedades laborales.

"Vemos con preocupación este artículo por el potencial aumento de juicios por accidentes de trabajo", advierten desde AmCham, en tanto que Adepa opina que el artículo da mayor injerencia al sector sindical, lo cual se tornará "contraproducente" a los fines del proyecto.

Para CAME, sería pertinente trabajar con las aseguradoras de riesgos del trabajo (ART) para introducir definiciones en materia de accidentes laborales, por el doble carácter de la vivienda como espacio de trabajo y uso personal. "Esto origina un sinfín de situaciones que deben estar previstas en la norma", resalta la entidad.

6. Extranjeros

AmCham remarca que la norma "no debe limitar el derecho a trabajar de extranjeros no residentes en el país por el hecho de hacerlo bajo modalidad de home office".

"En el caso de prestaciones transnacionales, debe regirse por el domicilio del empleador, tal como establece la legislación vigente, con la que sería incongruente este proyecto de teletrabajo", añade la entidad.

La UIA insiste en que el derecho de trabajo argentino se rige por el principio de territorialidad, en tanto que CAME afirma que si este criterio no se respeta se generará incertidumbre para las partes sobre cuáles son sus derechos y obligaciones.

Las asociaciones de medios advierten que una autorización especial para la contratación de teletrabajadores extranjeros podría ocasionar represalias internacionales, poniendo en riesgo el trabajo argentino exportable y la generación de divisas.

En este punto coincide Argencon, que remarca que una medida de este calibre derivará en que otros países, argumentando reciprocidad, cierren sus mercados.

7. Registración

AmCham apunta que no es apropiado registrar a las empresas que desarrollen la modalidad de empleo a distancia, acreditando el software o plataforma a utilizar y detallando la nómina de teletrabajadores, porque se trata de "información de carácter privado" e implicaría una "injerencia innecesaria" por parte de las autoridades.

También para Argencon toda la parte registral de la ley "está de más, ya que no agrega ningún valor que exista un registro, ni que se declare qué plataforma de software se usa". Además, afirma esta cámara, no suele utilizarse una única plataforma.

8. Pymes

Los empresarios privados coinciden en que es esencial que se trabaje en un apoyo económico a las Pymes, ya sea por medio de la desgravación impositiva o la facilitación al acceso al crédito, poniendo el foco en las actividades que no se nutren con este tipo de tecnologías.

Esto es así, señalan los ejecutivos, por los altos costos asociados con la implementación del teletrabajo, entre los que se destacan:

Las asociaciones de medios critican este punto sobre todo para las pequeñas y medianas firmas, para las cuales no se prevé una etapa de transición y adaptación en los casos que se detecten mayores dificultades y restricciones.

9. Conectividad

Amdia resalta que el no acceso a Internet con banda suficiente o provisión de energía eléctrica razonablemente confiables como para cumplir con las tareas puede ser un motivo de no ofrecer el home office o de reasignar o cancelar el existente.

Las Pymes piden un período de "transición" para poder afrontar los gastos derivados del home office

Por ese motivo, la cámara del marketing digital exige alentar el mejor acceso a banda ancha en todo el país y todos los barrios de las zonas urbanas, además de ampliar la cobertura del tendido de energía eléctrica, de red o alternativa.

10. Profesionales perjudicados

De acuerdo con Galeazzi, de ArgenCon, la Ley de Teletrabajo va en contra de dos sectores de la población que deberían protegerse: los trabajadores del Interior del país y quienes tienen a su cargo el cuidado del hogar.

"La población que más demanda home office son las mujeres que combinan la responsabildiad profesional con la de jefa de familia. Así pueden tener días de trabajo en su casa y los van organizando según la actividad de sus hijos. Toda esta flexibilidad que todo el mundo la entiende no está incluida en la ley", advierte el directivo.

Además, remarca que "uno de los beneficios del teletrabajo es la posibildiad de trabajar en el Interior", pero "al desmotivarse las condiciones, lo que se hace es ir en contra de la modalidad de trabajo federal". En efecto, muchas desarrolladoras de software 

El futuro de esta modalidad quedará en manos de Moroni, quien deberá ajustar la reglamentación de la ley a lo que tanto empleadores como empleados esperan del home office.

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