La AFIP implementa adecuaciones al régimen de retención en IVA y Ganancias que alcanza a quienes administren servicios electrónicos de pagos y/o cobranzas por cuenta y orden de terceros, incluso a través del uso de dispositivos móviles y/o cualquier otro soporte electrónico.

Lo hace a través de la resolución general 4636 publicada este lunes en el Boletín Oficial.

Sin embargo, las retenciones que iban a tener lugar a partir de este mes fueron postergadas al 1ro de junio de 2020. Esto afectaba a plataformas como Mercado Pago, Todo Pago, PayU, Naranja X, entre otras.

Esta medida había sido anunciada en octubre de este mismo año, donde se difundió la implementación de retenciones de IVA y Ganancias para personas y comercios para pagos y cobranzas.

"Atento a inquietudes planteadas por los agentes de retención, así como a ciertos inconvenientes en la recopilación de la información necesaria para conocer la situación fiscal de los usuarios de dichos sistemas de pago y determinar la alícuota que corresponde aplicar, se estima conveniente efectuar adecuaciones a la norma para facilitar la aplicación del régimen y ampliar los plazos para su implementación", indicó la AFIP en la resolución.

La normativa precisó que serán sujetos pasibles de las retenciones los comerciantes, locadores o prestadores de servicios, siempre que sean responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado o adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (monotributo), y realicen operaciones en forma habitual.

¿Qué dice el Boletín Oficial?

La flamante norma establece que serán sujetos pasibles de las retenciones los comerciantes, locadores o prestadores de servicios, siempre que:a) Revistan el carácter de responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado, o

b) no acrediten su calidad de responsables inscriptos, de exentos o no alcanzados, en el impuesto al valor agregado o, en su caso, de adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), y realicen operaciones en forma habitual.

A tales fines, se considerará que los sujetos comprendidos en este inciso efectúan operaciones en forma habitual a partir del primer mes calendario en el que se verifique que las ventas de cosas muebles nuevas, locaciones y prestaciones de servicios, cobradas a través de los servicios electrónicos de pagos y/o cobranzas, reúnen las siguientes características:

1. resultan iguales o superiores a la cantidad de 10 y

2. el monto total es igual o superior a $50.000

La retención del impuesto a las ganancias procederá en tanto las rentas de los comerciantes, locadores o prestadores de servicios, no se encuentren exentas o excluidas del ámbito de aplicación del mencionado gravamen.

Respecto de aquellos que no acrediten su calidad de responsables inscriptos, de exentos o no alcanzados, en el impuesto al valor agregado o, en su caso, su condición de pequeños contribuyentes adheridos al régimen simplificado, y realicen operaciones en forma habitual, la tasa será del 10,50%.

Las críticas del sector

La medida cosecha más críticas que elogios. Más aun, teniendo en cuenta que el Banco Central de este gobierno fue el que propició el crecimiento sostenido de las fintech.

"Desde marzo hemos hablado con la AFIP. Creemos que va en contra de la corriente y de lo que se está haciendo en el mundo, donde se otorgan incentivos fiscales a los medios de pago digitales. No sólo a billeteras virtuales, también a tarjetas de crédito y débito", destaca a iProUP Juan Pablo Bruzzo, presidente de la Cámara Fintech Argentina.

El directivo, quien además es CEO de Moni, califica a la decisión como una "medida cortoplacista para aumentar la recaudación, en un contexto de crisis. Se pierde el impacto a mediano y largo plazo que puede tener el incentivo del uso de pagos digitales, no solo a nivel de recaudación, sino también de inclusión financiera"

En este punto, recuerda cómo en Uruguay un descuento de IVA por pago con débito generó un aumento en las transacciones que más que compensaba la recaudación.

Para el economista Ariel Setton, esta medida "es consecuencia del boom fintech. Particularmente de la explosión de MP, la llegada del pago QR y la aparición de competidores de peso, como NaranjaX". Remarca que "si bien equilibra la balanza respecto de los métodos 'tradicionales', a su vez desincentiva la aparición masiva de nuevos comerciantes".

"No sólo tendrán retenciones a cuenta de IVA y Ganancias: hará que MP les empiece a cobrar más por los pagos con QR aun cuando sea con débito o saldo de billetera", añade.

"Para Carballo, "se trata de una medida incoherente con la postura que tomó el Estado de reducir el uso de efectivo y genera un desincentivo al uso de medios de pagos electrónicos".

"Las fintech se adaptarán, como es su naturaleza, pero estas intermitencias no hacen más que dar señales difusas que limitan la planificación de largo plazo en cualquier tipo de inversión", concluye.

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