La Sala II admitió por mayoría tratar la queja de compradores del activo digital. La resolución no anula los sobreseimientos dictados en octubre.
05.11.2026 • 11:54hs • CRIPTOACTIVOS
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Caso $LIBRA: Casación evaluará el pedido de los inversores para volver a ser querellantes
La Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal resolvió hacer lugar a la queja interpuesta por un conjunto de adquirentes del token LIBRA que impugnaban su marginación como querellantes en el expediente.
La determinación adoptada por el máximo tribunal penal de la Nación habilita a revisar las decisiones adoptadas en instancias anteriores por el juez Marcelo Martínez de Giorgi, titular del Juzgado Federal N° 8, y ratificadas luego por la Sala I de la Cámara Federal porteña.
Ambos fallos habían descartado la legitimación procesal de los denunciantes para litigar como parte acusadora particular dentro de la pesquisa.
En el acuerdo, los magistrados Alejandro Slokar y Ángela Ledesma reunieron la mayoría para habilitar el recurso de casación, tras evaluar que los agravios expresados encuadran en los parámetros normativos del Código Procesal Penal de la Nación al hallarse involucrada una cuestión de orden federal.
En sentido contrario, el camarista Guillermo Yacobucci emitió su voto en disidencia, postulando que la presentación debía ser desestimada por improcedente con imposición de costas.
¿Cuál es el alcance procesal del fallo frente a los sobreseimientos dictados?
La resolución emitida por la Cámara de Casación no altera de forma inmediata la situación sustantiva de los investigados en la causa.
El pronunciamiento no deja sin efecto ni invalida los sobreseimientos formalizados durante octubre de 2026 a favor del presidente Javier Milei, la secretaria general de la Presidencia Karina Milei, y los empresarios vinculados a la instrumentación del activo, Hayden Mark Davis y Mauricio Novelli.
Aquellas desvinculaciones se sostuvieron en el dictamen del fiscal federal Eduardo Taiano, quien estimó que los hechos analizados correspondieron a operaciones sobre activos de notoria volatilidad financiera y que la difusión pública en plataformas digitales no configuró un ardid con relevancia penal típica.
Sin embargo, la reapertura formal de la queja constituye una bisagra institucional para el destino final de la causa. Si Casación convalida la incorporación de los compradores como parte querellante, los damnificados contarán con legitimación autónoma para requerir medidas probatorias adicionales, impugnar pronunciamientos judiciales y apelar los sobreseimientos. Por el contrario, si el cuerpo confirma el rechazo a su personería acusatoria, la fiscalía quedará como único titular de la acción penal pública, conduciendo al archivo definitivo de las actuaciones sin margen para nuevas apelaciones.
¿Cómo se originó el caso del token LIBRA en el mercado cripto local?
El expediente judicial tomó curso a partir de los episodios derivados de la publicación realizada en la red social X el 14 de febrero de 2025, en la cual se difundieron detalles del proyecto LIBRA.
A partir de esa comunicación digital, la cotización de la moneda registró un rápido incremento de volumen y valor alimentado por el ingreso masivo de ahorristas y operadores del ecosistema.
Con posterioridad a la fase expansiva inicial, la liquidez del fondo fue retirada abruptamente desde una serie de monederos virtuales, desencadenando el colapso de la valuación del token y la inmovilización del capital de los tenedores minoristas.
Las presentaciones radicadas en los tribunales federales de Retiro argumentaron la presunta existencia de un esquema coordinado de atracción de participantes (pump and dump) mediante el uso de redes sociales para inflar el interés del mercado antes de ejecutar la extracción de liquidez. La controversia jurídica gira en torno a si la mecánica encuadra como una maniobra defraudatoria pasible de reproche penal o si constituye un resultado inherente a las colocaciones en activos descentralizados sin regulación formal ni garantías de rescate.