El Gobierno busca remonetizar la economía con mayor seguridad jurídica. Qué modificaciones introduce la ley según los tributaristas
27.08.2026 • 11:19hs • Pasa al Senado
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Inocencia Fiscal II: qué cambia tras la media sanción en Diputados
La Cámara de Diputados aprobó este miércoles 26 de agosto de 2026 el proyecto de ley conocido en el ámbito tributario como Inocencia Fiscal II, una iniciativa estratégica del equipo económico encabezado por Luis Caputo, orientada a incentivar la exteriorización e inyección en el circuito formal de los ahorros no declarados.
Según estimaciones oficiales del Ministerio de Economía, el volumen de divisas en efectivo fuera del sistema financiero ronda los u$s170.000 millones.
El texto legislativo, que fue girado al Senado, introduce correcciones operativas sobre la normativa vigente desde el 26 de diciembre de 2025 tras una serie de reuniones de trabajo entre el Palacio de Hacienda y los principales colegios y cámaras de contadores.
La nueva redacción busca otorgar mayor seguridad jurídica mediante la ampliación del universo de personas habilitadas al Régimen Simplificado de Ganancias (RSG), nuevos umbrales para inspecciones por diferencias patrimoniales y una ventana temporal extendida para acogerse a los beneficios del tapón fiscal.
¿Cuáles son los principales cambios que introduce Inocencia Fiscal II?
El proyecto con media sanción modifica aspectos centrales de la relación entre el contribuyente y la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA):
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Ampliación del Régimen Simplificado de Ganancias (RSG): Se flexibilizan las barreras de entrada para permitir el acceso de personas que habían quedado excluidas bajo la ley previa por registrar ingresos superiores a $1.000 millones o patrimonios mayores a $10.000 millones en los últimos tres ejercicios fiscales. Los grandes contribuyentes podrán sumarse al RSG, aunque sin acceder al beneficio de presunción de exactitud ni al tapón fiscal
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Nuevo umbral para discrepancias fiscales: Para evitar inspecciones por diferencias menores, se fijó que si el fisco detecta desvíos superiores al 15% entre lo informado y sus registros, pero el monto total no excede los $5 millones, no se considerará "discrepancia significativa"
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Cálculo sobre impuesto determinado: La discrepancia se computará sobre el impuesto determinado y no sobre el saldo final a pagar, corrigiendo una distorsión que perjudicaba a los contribuyentes cumplidores con retenciones o pagos a cuenta
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Plazo de regularización de 15 días: Si el fisco detecta una diferencia que supere los $5 millones, el contribuyente dispondrá de 15 días hábiles tras la notificación de oficio para abonar el impuesto y los accesorios, conservando de esa manera la presunción de exactitud y el tapón fiscal
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Menor carga informativa: Quienes utilicen fondos no declarados por los canales habilitados no deberán reportar a ARCA el patrimonio al inicio ni al cierre, ni justificar los consumos del ejercicio, integrando dichos activos únicamente en la última declaración jurada de Bienes Personales
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Extensión del tapón fiscal hasta diciembre de 2027: Se estableció como fecha límite para gozar de la presunción de exactitud el 31 de diciembre de 2027, coincidiendo con el último día del actual mandato presidencial para acelerar la remonetización.
La modificación del marco normativo fue recibida de forma positiva por los asesores impositivos de la City, quienes destacaron que la reforma subsana vacíos legales de la versión anterior.