Las entidades y particulares que realicen transacciones profesionales con ciertos volúmenes de criptomonedas tienen 45 días para registrarse en el nuevo Registro de Proveedores de Servicios de Activos Virtuales.

Este registro, que será establecido la próxima semana bajo la jurisdicción de la Comisión Nacional de Valores (CNV), responde a los requisitos del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), una entidad dedicada a combatir el lavado de dinero a nivel global.

La CNV ha promulgado las regulaciones pertinentes para este registro antes del 26 de marzo, fecha en que concluye la misión del GAFI en Argentina.

Obligación de registro para operadores de criptoactivos

La Comisión Nacional de Valores (CNV), en concordancia con la reciente reforma de la ley de lavado de activos, está preparando la implementación del Registro de Proveedores de Servicios de Activos Virtuales, según comunicó Infobae.

Esta medida, que responde a la necesidad de cumplir con los estándares internacionales de prevención del lavado de dinero, establece condiciones específicas para las personas físicas o jurídicas que operen en el mercado de criptoactivos.

Según la resolución general emitida el día viernes por la CNV, se detallan las condiciones que obligan al registro.

La Comisión Nacional de Valores está preparando la implementación del Registro de Proveedores de Servicios de Activos Virtuales

Aquellos que no cumplan con esta disposición "deberán abstenerse de realizar en el país cualquiera de las actividades u operaciones" comprendidas en la nueva ley.

Esto incluye el intercambio de activos virtuales por monedas convencionales, entre activos virtuales, su transferencia, custodia, administración o la prestación de servicios financieros relacionados con los activos virtuales.

Aún no se ha especificado la sanción para aquellos que no cumplan con el registro, ni se ha otorgado una licencia para realizar estas operaciones, aunque esto último podría ser incluido en futuras regulaciones.

La normativa también establece una excepción para aquellos cuyas operaciones no superen los 35.000 UVAs en el mes calendario, lo que actualmente equivale a casi 27 millones de pesos argentinos.

Regulación internacional: alcance y obligaciones

Según publicó Infobae, la normativa establece requisitos específicos para la inscripción en el Registro de Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV), en consonancia con la lucha contra el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo.

Además de las disposiciones ya mencionadas, se detallan las condiciones que afectan a personas físicas o jurídicas residentes fuera de Argentina.

La medida establece requisitos para las personas físicas o jurídicas que operen en el mercado de criptoactivos

Estas entidades extranjeras deben registrarse si su actividad incluye cualquiera de las siguientes modalidades:

Sin embargo, ciertas personas no podrán inscribirse en el Registro. Aquellos domiciliados en jurisdicciones consideradas no cooperantes a efectos de transparencia fiscal por el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) quedan excluidos.

Además, los PSAV registrados deben divulgar su condición y número de registro en todas sus comunicaciones públicas, aunque se aclara que esta inscripción no otorga una licencia oficial por parte de la CNV.

Registro urgente: prevención de delitos financieros

La aprobación acelerada de la ley en el Senado, respaldada por la reciente reglamentación de la CNV, responde a un imperativo temporal: el cierre de la misión del GAFI en Argentina el 26 de marzo.

Esta medida es crucial para evitar que el país caiga en la "lista gris" de naciones propensas a actividades financieras ilícitas y lavado de dinero.

La recomendación específica del GAFI, citada en este contexto, subraya la necesidad de regular a los proveedores de servicios de activos virtuales para combatir el lavado de activos y la financiación del terrorismo.

Esta medida es vital para evitar que el país entre en la "lista gris" de naciones con riesgo de actividades financieras ilegales y lavado de dinero

En este sentido, es fundamental que estos proveedores estén debidamente registrados y sometidos a sistemas de monitoreo efectivos.

Es importante tener en cuenta que las entidades jurídicas afectadas por esta regulación pertenecen mayormente al sector fintech, ya que el Banco Central ha prohibido a los bancos operar con criptomonedas bajo la gestión de Miguel Pesce, una medida que aún no ha sido modificada.

El respaldo a esta regulación es evidente incluso entre las propias billeteras y plataformas de intercambio de criptomonedas, quienes reconocen que proporciona un marco legal más sólido y favorece la recepción de inversiones.

Además, durante el proceso de aprobación de la ley, la Cámara Argentina Fintech participó activamente, respaldando esta iniciativa como un paso importante hacia una mayor seguridad y transparencia en el mercado de activos virtuales.

Te puede interesar