Los trabajadores de aplicaciones suman otro frente judicial. Además de la polémica en cuestiones de derecho laboral, la Justicia ordenó al Gobierno porteño que "prohíba en forma inmediata" a las empresas de delivery en bicicleta "Rappi", "Glovo" y "Pedidos Ya" en la Ciudad hasta que regularicen su situación con respecto a los requisitos legales estipulados por el Código de Tránsito y Transporte.

Pero en las últimas horas se supo que la Secretaría de Transporte porteña apeló la medida y que recusó al juez Roberto Gallardo, quien firmó el polémico fallo.

Desde la cartera señalaron que la decisión no debe ser acatada porque no está firme hasta que se expida el Tribunal Superior de Justicia. Ádemás, denuncian al magistrado Gallardo por abuso de autoridad, parcialidad y prejuzgamiento.

El fallo del juez Gallardo, titular del juzgado N° 2 en lo Contencioso Administrativo y Tributario, el servicio de estas plataformas debía permanecer en "stand-by" hasta que las empresas aseguren las siguientes cuestiones a los ciclistas:

- Que todos circulen utilizando casco

- Que todos posean seguro de vida y accidentes y libreta sanitaria

- Que la caja portaobjeto esté anclada a la moto o bicicleta y no en la espalda del conductor

- Que los vehículos rodados cuenten con adecuada señalización mínima (luminosa y refractaria).

La decisión se basí en un relevamiento de la Policía de la Ciudad sobre 400 ciclistas, que arrojó:

- El 77% circula con el portaobjetos como mochila

- Siete de cada diez no posee seguro

- Dos de cada tres no usa casco

Por su parte, el Ministerio de Salud porteño advirtió que hay casi un repartidor accidentado por día (25 por mes) que son atendidos en los hospitales porteños.

Pero tanto desde las empresas, como desde el ámbito legal descreen que la norma se vaya a cumplir y aseguran que pasará lo mismo que con Uber, que a pesar de estar prohibido, la aplicación sigue funcionando.

De hecho, los taxistas convocaron para el 12 de abril una movilización hacia el Obelisco para que se prohíba definitivamente a la apps de alquiler de coches con conductor bajo el lema: "Si Barcelona pudo, nosotros también".

Qué dicen las empresas

Las plataformas de delivery mantienen una férrea estrategia de comunicación y, cuando ocurre un noticia de estas características, sus ejecutivos son más difíciles de encontrar que a uno de sus repartidores en día de tormenta.

La primera en lanzar un documento fue Rappi, que salió con los tapones de punta a criticar la decisión de la Justicia, afirmando que "afecta a toda la industria de mensajería urbana y reparto a domicilio de sustancias alimenticias en la Ciudad, y pone en riesgo la continuidad de las fuentes de ingreso de miles de personas".

Además, desde la startup colombiana mostraron su "preocupación" por el fallo, al que califican como "inédita a nivel mundial", y agregaron que apelará la decisión.

Por su parte, la estrategia de Glovo fue más conciliadora. También en un comunicado, se mostró "muy de acuerdo con la necesidad de generar una mesa de trabajo en la que los agentes interesados podamos mantener un debate abierto hasta llegar a un acuerdo que sea beneficioso para todos".

Además, la firma manifestó su confianza "en que el Gobierno continuará avanzando en la generación de un espacio de diálogo, donde todos los implicados podamos ceder y salir ganando; sobre todo los trabajadores y los comercios locales con los que colaboramos y que generan ingresos a través de la aplicación".

Por su parte, desde PedidosY también salieron al cruce y aseguraron que van a seguir trabajando hasta que haya una resolución por parte de la justicia: "queremos informar que la medida no es de cumplimiento efectivo dado que no está firme y será apelada por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires", explicaron.

"Por ese motivo, PedidosYa seguirá operando normalmente ya que, además, cumple con todos los requisitos de seguridad vial necesarios (casco, mochila, elementos refractarios y seguro), a los que reforzará con controles y capacitaciones a los repartidores para concientizarlos aún más sobre la necesidad de que circulen con la totalidad de los elementos de seguridad que se les proveen", reafirmaron.

Apelación

Las fuentes consultadas por iProUP habían adelantado que decisión de la Justicia para poner a las apps de delivery en "stand-by" erá más una declaración de intenciones que una prohibición real.

"Es correcto el fallo del juez Gallardo, pero después no existe capacidad operativa para llevar adelante esta sentencia, que es factible de ser apelada", señaló el abogado laboralista Juan Carlos Cerutti, del estudio Plan A, en diálogo con iProUP.

Y graficó: "La Justicia de la Ciudad tiene muy buenas intenciones, luego falla en la cuestión operativa, como ocurrió con UBER, que lo tenía prohibido, le bloqueó la app, pero sigue funcionando".

En este punto, José Zabala, de Adrogué, Marqués, Zabala & Asociados, coincidió: "Es un fallo de primera instancia que seguramente será apelado y que mantiene vivo no sólo lo que ordena, sino también la discusión sobre la precariedad de la relación laboral".

Por su parte, la abogada laboralista Solana de Diego, del estudio De Diego & Asociados, subrayó que el "derecho de trabajar y ejercer toda industria lícita se encuentra en el artículo 14 de la Constitución Nacional", por lo que toda decisión judicial "que atente contra el trabajo es inconstitucional".

Además, apuntó que "el fallo es discrimnatorio, ya que si quiere aplicar una ley, debe hacerse para todos los ciclistas y no solo para aquellos que estén utilizando ese medio de transporte para trabajar de forma independiente".

"Lo llamativo es que el Gobierno de la Ciudad garantice que no se produzca un deterioro en los ingresos de las personas que trabajan para estas apps que, como se sabe, no todos están en relación de dependencia", agregó, por su parte, Zabala.

Además, indicó que "lo llamativo es que el Gobierno de la Ciudad garantice que no se produzca un deterioro en los ingresos de las personas que trabajan para estas apps que, como se sabe, no todos están en relación de dependencia".

La otra polémica

Desde hace unos meses, los trabajadores de plataformas se desempeñan bajo un vacío legal y varios gremios reclaman su representación y denuncian una relación de dependencia "encubierta" ante la exigencia de las apps de que estén inscriptos en Monotributo y facturen por sus servicios.

Las primeras protestas tuvieron lugar en Castillo al 1200, en el barrio porteño de Villa Crespo, sede de Rappi. Allí, los ciclistas se nuclearon bajo la Asociación del Personal de Plataformas (APP), una agrupación ad hoc que exige la incorporación inmediata a la planta de la compañía.

En el centro de la escena se instaló además la Asociación Sindical de Motociclistas, Mensajeros y Servicios (ASIMM), que reclama la tutela de todos los repartidores y que cuenta con el aval de Hugo Moyano.

El líder camionero apoyó la protesta del sindicato "motoquero" en las puertas de PedidosYa –en la calle Gurruchaga al 1700–, que solicitaba "la reincorporación de los 450 cesanteados".

"ASiMM nuclea a los 'motoqueros' y nació dentro de las empresas de mensajería. Por otro lado está el personal de plataformas (APP), que al no tener personería gremial no puede firmar un convenio colectivo", explica Cerutti.

"También está UTHGRA (gastronómicos y hoteleros) y el de heladerías. Hay varios convenios que tienen la figura del delivery", añade.

De todos ellos, ASiMM es el que reclama con más fuerza. No sólo mantiene tomada la sede de PedidosYa, sino que enfatiza que es el único sindicato que puede exigir la tutela del sector.

"La actividad de mensajería y reparto domiciliario no está regulado en ningún país del mundo, salvo en Argentina, donde sí está regulada por leyes, decretos, y resoluciones que indican que el convenio colectivo de trabajo correspondiente a dichas actividades es el de ASiMM", afirman desde el sindicato a iProUP.

De acuerdo con el gremio, "PedidosYA llegó a tener 1.800 trabajadores encuadrados en convenio. Pero ahora transita un fuerte proceso de reestructuración y precarización, sustituyendo a la relación de dependencia por la figura del Monotributo".

Todo se reduce a una cuestión de rentabilidad. Si estas empresas "blanquean" a sus repartidores, el negocio se termina. En efecto, PedidosYa, que la única de las tres que contaba con personal de planta, no pudo soportar este esquema y debió cesantear a 450 de sus 1.100 repartidores.

Entre los laboralistas, hay fuertes discrepancias sobre el marco legal que debería regir al sector.

"Estas plataformas operan dentro de lo que se llama 'trabajo colaborativo', en el que las app son una mera intermediaria entre los riders, que son personal autónomo, y los comercios, que a través de estas apps venden a una mayor cantidad de clientes", afirma Solana de Diego, del estudio Julián De Diego y Asociados.

En diálogo con iProUP, argumenta: "No estamos hablando de trabajadores en relación de dependencia sino de autónomos que fijan su propio horario, eligen cuándo conectarse, qué pedido tomar o rechazar y no reciben ningún tipo de sanción disciplinaria".

En la vereda de enfrente, remarcan que esa figura no está presente en la ley local, por lo que no sería aplicable y las empresas están claramente en falta.

"No existe un trabajo 'colaborativo' en la legislación argentina. Es colaborativo cuando no representa un trabajo normal o habitual y, además, no se realiza para la misma compañía", afirma Cerutti.

En este sentido, el abogado subraya que "se debe analizar qué hacer con este modelo", porque actualmente "es una relación de trabajo no registrado" y esas compañías "están en fraude con la ley vigente". A modo de ejemplo, asegura que "en Australia, Francia o Inglaterra lo entienden así".

Desde la otra vereda De Diego hace foco en dos aspectos:

1.- "Al haber libertad de contratación, la aplicación puede aceptar, seleccionar y empezar un contrato con ese rider. No es un sistema sancionatorio"

2.- "El repartidor acepta un contrato civil y comercial, no laboral", en tanto que los usuarios califican a un comercio y no al ciclista

Cerutti no comparte los dichos de su colega. Remarca que:

1.- "El algoritmo es manejado por la propia empresa, que es la que decide si da o no de baja a un ciclista"

2.- "Las aplicaciones hacen un control unilateral de la relación, en la que no sólo pueden aceptar o no a los ciclistas, sino también dar por terminado el vínculo"

Recuerda que para la postulación, una persona debe cumplimentar ciertos requisitos: contar con una moto o bicicleta, un celular y pagar en consignación la caja y la indumentaria. También asegura que son las plataformas quienes administran el dinero.

"Si llamás a un Rappi y lo abonás con tarjeta, ellos gestionan los fondos y, en una cantidad de tiempo determinada, van liquidando lo que sería el sueldo. Además, los repartidores tienen una tarjeta de débito emitida por la compañía para saldarle al restaurante los pedidos de la gente", se explaya Cerutti.

Por su parte, De Diego señala que no hay exclusividad de empleo, otro de los argumentos esgrimidos por los trabajadores. "Es como si los taxistas que usan la aplicación BA Taxi se los considerara empleados del Gobierno de la Ciudad", grafica.

Algunos letrados aseguran que, en caso de que un repartidor se accidente, los restaurantes u otros negocios para los que haga delivery serán solidariamente responsables en caso de un litigio o un accidente en la vía pública.

Según Cerutti, "los repartidores van a poder demandar tanto a PedidosYa como al comercio con el que trabajaba con habitualidad", ya que suelen pasar gran parte de su tiempo laboral en estos locales.

"La solidaridad rige para lo salarial. Es decir, indemnizaciones, sueldo y multas por empleo no registrado; y para las deudas sindicales, de obra social, aportes y contribuciones, incluidas las derivadas de accidentes laborales", explica a iProUP.

En medio de esta controversia legal, ASSiM se anotó el primer "poroto": la Justicia falló a su favor para la reincorporación de empleados bloqueados en la app de Rappi por actividad sindical.

De Diego critica que un tribunal haya aceptado el reclamo, ya que "se toma como válido la existencia de un gremio que estaría representando a trabajadores autónomos".

En algo sí coinciden los laboralistas: debería apuntarse a un marco normativo en el que para el trabajador de estas plataformas no estén incluidas todas las características de un profesional pleno, pero tampoco las de una relación de dependencia.

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