La irrupción del home office provocó una competencia feroz entre las empresas de distintos países por los mejores profesionales. En Argentina, además, los empleadores deben luchar contra la suba de precios y la depreciación constante de los salarios. Por este motivo, cada vez más compañías pagan en dólares los sueldos de los puestos claves.

"En un contexto en el que las compañías internaciones compiten por los talentos jóvenes de Argentina y de una inflación en el país superior a 100% interanual, las empresas locales comenzaron a analizar cómo hallarse en condiciones de competir y pagar en moneda extranjera", revela a iProUP Alberto Mastandrea, de BDO Argentina.

Sueldo en dólares: cómo se paga en Argentina

"El pago de la remuneración en moneda dura no sólo es habitual respecto a profesionales expatriados, sino que se encuentra dentro de las alternativas utilizadas por las empresas para atraer y retener talentos, especialmente en ciertos ejecutivos calificados y sectores profesionales, como el informático", confía a iProUP Carolina Piatti, socia del Sector Laboral de Allende & Ferrante.

"La crisis económica provocó que, por pedido de los propios ejecutivos, las empresas paguen la remuneración mediante las siguientes modalidades alternativas", enumera Piatti:

"El pago del salario en moneda extranjera es considerado un pago en especie y, en principio, no podría exceder del 20% del total", aclara Stile.

Por su parte, Mastandrea afirma que "ante instrucción expresa del empleado, la compañía abona el 100% de la remuneración en moneda extranjera. Frente a la inexistencia de dicha instrucción, deberá respetarse el límite del 20% en dólares".

 

En cambio, para Piatti, tanto el depósito en cuentas del exterior como en dólares en el país son "alternativas válidas siempre que la remuneración esté debidamente registrada en la documentación laboral, y el empleador ingrese las contribuciones patronales y retenciones impositivas que correspondan de acuerdo con la ley argentina".

"Si bien formalmente el empleador que deposite el sueldo en cuentas en dólares estaría expuesto a una eventual contingencia ante una inspección por parte del Ministerio de Trabajo, no se conoce ninguna inspección que haya objetado los pagos en moneda extranjera", enfatiza Piatti.

Sueldo en dólares: cómo deben abonarlo de forma segura las empresas

"La Ley de Contrato de Trabajo prevé la obligación de pagar la remuneración en dinero en cuentas sueldo y en moneda de curso legal en Argentina, sujeto a la normativa local en cuanto al pago de aportes y contribuciones previsionales", relata Piatti.

Además, remarca que "a efectos de reducir la exposición a una eventual infracción por parte del Ministerio de Trabajo, los empleados deberían enviar una petición escrita al empleador solicitando que el pago del salario se efectúe en dólares e indicar una cuenta bancaria en el exterior abierta a su nombre", precisa.

"Asimismo, sería conveniente que la empresa acuerde expresamente que la solicitud posee carácter transitorio y extraordinario, que no constituye un derecho adquirido para el empleado y que este último tiene derecho a solicitar, en cualquier momento, volver a cobrar en pesos", aclara.

Sueldo en dólares: ¿cómo afecta la brecha cambiaria a las empresas?

Mastandrea se pregunta "¿cuál es la base a considerar para aportes y contribuciones previsionales, y en el Impuesto a las Ganancias?". 

Los empleadores deberán abonar aportes e impuestos laborales a dólar oficial

Con respecto a las obligaciones patronales, el experto remarca que el valor a considerar a los fines de aportar y contribuir al Sistema Único de la Seguridad Social será el que surja de multiplicar la cantidad pagada por el tipo de cambio oficial vendedor publicado por el Banco Nación Argentina (billete) correspondiente al día anterior al del efectivo pago.

A los fines de retener el Impuesto a las Ganancias al empleado, se establece que los pagos en especie deberán valuarse a cotización de mercado a la fecha de pago o, en su defecto, al valor de adquisición para el empleador.

"Como se podrá advertir, sin perjuicio del sacrificio económico que implique para el empleador adquirir la moneda extranjera, la valuación a considerar será el valor corriente de plaza a la fecha de pago (tipo de cambio oficial)", señala Mastandrea.

En este sentido, considera que "frente a la brecha entre el tipo de cambio oficial y las diversas alternativas legales para llevar a cabo el cambio a pesos, la circunstancia que a los fines de contribuir al Sistema Único de la Seguridad Social se considere el tipo de cambio oficial constituye una ventaja", considera.

"Sin embargo, la dificultad o incluso la imposibilidad existente para ciertos empleadores para obtener la moneda extranjera se convierte en uno de los principales obstáculos a sortear", alerta.

Karina Castellano, del estudio Lisicki, Litvin & Asoc, afirma a iProUP que "las divisas percibidas por el empleado en el exterior no están alcanzadas por la obligación cambiaria de liquidación que sí afecta a las exportaciones de servicios".

La Ley de Contrato de Trabajo estipula un máximo de 20% del salario para cobrar en "especie"

Sin embargo, aclara la experta, "para pagar sueldos en moneda extranjera, el empleador argentino debe tener fondos de libre disponibilidad, hoy restringidos por la normativa cambiaria".

"Por ello, las multinacionales suelen estructurar acuerdos en virtud de los cuales alguna de las empresas del grupo realiza los desembolsos necesarios para cubrir una parte de los sueldos en moneda extranjera en el otro país. Esto genera un endeudamiento para la empleadora argentina, que no podrá ser repagado desde el mercado de cambios", remarca.

Sueldo en dólares: ¿qué multas se aplican a empresas?

"En el caso de empresas que no manejen bien el marco legal cambiario, previsional e impositivo, el Ministerio de Trabajo podría impulsar la aplicación de una sanción pecuniaria al empleador que hubiera superado el porcentaje máximo establecido por la norma", comenta Mastandrea.

Piatti alerta que "podría configurarse una infracción laboral sancionada con multa por cada trabajador afectado, de entre el 30% y el 200% del Salario Mínimo Vital y Móvil vigente a la fecha en que se constate el incumplimiento". Esto sería hoy una multa mínima de $20.850 y máxima $139.000 por cada colaborador afectado.

"No obstante, el pago en dólares es hecho en beneficio del empleado y los tribunales laborales nacionales homologan acuerdos que incluyen el pago de las transacciones en moneda extranjera", asegura Piatti, quien que "una eventual multa sería razonablemente dejada sin efecto por los jueces competentes para resolver su validez".

Sin embargo, la experta remarca que "si la remuneración abonada en el exterior no está debidamente registrada, existen para el empleador otras serias contingencias laborales, de la seguridad social y en los términos de la Ley Penal Tributaria".

Por último, Stile advierte que las empresas que acceden al pago en dólares, lo hacen "a riesgo de que un empleado se considere despedido por el pago de su remuneración en dólares, aunque ese riesgo es bajo, ya que difícilmente pueda argumentar algún perjuicio si él mismo lo solicitó",

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