La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) puede proceder unilateralmente a la exclusión de cualquier persona del régimen del Monotributo si no se cumple con sus normativas.

Si un monotributista no factura sus actividades comerciales, según se indica en las obligaciones del contribuyente, la AFIP puede proceder.

Igualmente, la persona deberá pagar la mensualidad del monotributo.

Al no facturar, se corre el riesgo de ser inhabilitado para funcionar como monotributista, pero además se incurre en una penalización económica.

La AFIP se encuentra habilitada para restar del total de compras los importes correspondientes a las adquisiciones de bienes de uso, respecto de las cuales se demuestre que fueron pagadas con ingresos adicionales a los obtenidos por las actividades incluidas en el Régimen de Monotributo, y que resulten compatibles con el mismo.

Además, si el contribuyente no realiza las facturas correspondientes, puede generar pasivamente una deuda de otro impuesto llamado Impuesto a los Ingresos Brutos.

Cómo cumplir con todos los requisitos de la AFIP es fundamental

¿Qué pasa si no facturo en el mes?

Si soy monotributista y no facturo en el mes, la AFIP puede proceder unilateralmente a su exclusión del régimen del Monotributo.

Al no facturar, también se corre el riesgo de ser inhabilitado para funcionar como monotributista.

¿Qué pasa si no hago facturas?

Si soy monotributista y no hago facturas, la AFIP puede excluir de oficio del régimen del Monotributo. 

También, el fisco nacional puede inhabilitar al pequeños contribuyente para funcionar como monotributista.

¿Qué debe hacer un monotributista todos los meses?

Un monotributista debe pagar mensualmente su cuota que se calcula en base a su actividad, sus ingresos, la superficie afectada, y la energía consumida, entre otros factores.

También, en enero y julio de cada año, el monotributista está obligado a recategorizarse.

Facturar en la categoria correspondiente

¿Cómo saber que categoría de Monotributo me corresponde?

A fin de saber qué categoría me corresponde en el Monotributo AFIP 2022, vale tener presente que la categoría en el régimen simplificado se te asigna en base al detalle de tus actividades:

En efecto, para saber mi categoría en el Monotributo AFIP 2022, debo ingresar en la página web del Monotributo con CUIL/CUIT y clave fiscal y acceder a la constancia del Monotributo.

¿Cómo quedan las categorías de Monotributo 2022?

Con la última actualización, el monto a pagar por el Monotributo AFIP 2022 para la venta de bienes quedó conformado de la siguiente forma:

Por otra parte, en el caso de la prestación de servicios, el precio a abonar de forma mensual es más alto, como también hay una menor cantidad de categorías. Esto se debe, principalmente a que, por lo general, la prestación de servicios deja un margen de ganancia superior a la venta de bienes muebles.

a la K, se indexarán sólo por el 72,44%, por debajo del aumento del costo de vida.

El máximo de ingresos brutos para permanecer en el Monotributo, si se es profesional o prestador de servicios en general, será desde enero de $5.649.259,13 en la categoría H, y en el caso de venta de bienes, será de $8.039.330,30 en la categoría K.

En julio, una ley del Congreso impuso una mejora para que más pequeños contribuyentes pudieran permanecer dentro del Monotributo, que consistió una suba de los límites de ingresos brutos de las categorías de 60,53% en las categorías de la A a la C; de 44,82% para la categoría D, y de 29,12% para el resto de la escala.

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