No hay ninguna limitación para comprar Bitcoin, o cualquier otra moneda digital con dólares. Así lo aseguró el abogado Ricardo Mihura Estrada, especialista en regulaciones fiscales sobre monedas digitales y miembro de la ONG Bitcoin Argentina, durante su participación en la conferencia Descentralizar 2020.

Mencionó también que si alguna casa de cambio ya no opera con dólares es por una decisión particular pero no por una limitación legal. "Es un tema de cómo manejan sus propias finanzas y qué hacen con los dólares que reciben, que seguramente les da algún dolor de cabeza porque no tienen cómo usarlos", explicó.

El asunto es de relevancia para la comunidad seguidora de las monedas digitales en Argentina, que días atrás se vio inundada de especulaciones al respecto, cuando la casa de cambio Buenbit quitó el par DAI/USD de su plataforma.

La suspensión, que solo duró unos días, obedeció a "motivos preventivos", según explicó Federico Ogue, CEO de la empresa, en un comunicado que publicó en el grupo de Telegram oficial "Buenbit comunidad".

El par DAI/USD es el más utilizado para realizar la operación conocida como "cripto rulo". Este movimiento, gracias a la diferencia entre la cotización oficial del dólar y la que se usa en el mercado real al vender monedas digitales, permite obtener una ganancia en pesos.

El token DAI es uno de los más utilizados al ser una stablecoin con paridad dólar

Otros temas tratados

Mihura Estrada no estuvo solo, sino que compartió el espacio con el abogado Daniel Rybnik, quien coordina la Comisión de Asuntos Legales y Contables de la ONG Bitcoin Argentina.

Otro de los temas tratados por los abogados fue el envío y recepción de remesas. Rybnik explicó que no se infringe ninguna ley cambiaria si se envían o se reciben monedas digitales hacia o desde el exterior.

Tal como había mencionado el bitcoiner Franco Amati en otro panel de esta conferencia, cuando se recibe dinero desde el extranjero en Argentina, hacerlo en monedas digitales es una de las opciones más efectivas. Esto es así porque se pueden cambiar por pesos al precio real del mercado.

También Rybnik aclaró una duda impositiva frecuente entre los holders argentinos, al dejar en claro que la tenencia de monedas digitales, por ser activos inmateriales, no tributa impuesto a los bienes personales.

Las cosas no están tan claras para quienes brindan servicios hacia el exterior y cobran con monedas digitales. La ley obliga a entregarle al sistema bancario las divisas extranjeras que se reciben, a cambio de pesos argentinos a cotización oficial. Pero para el Banco Central, las monedas digitales no son divisas.

Una de las vías que tiene la gente para ahorrar en dólares es la compra de monedas digitales

Lo que más se acerca, según Mihura Estrada, es vender las monedas digitales en una casa de cambio. Pero aclara que esto no cumpliría la ley porque lo que pretende el sistema es que todos los dólares vayan al Mercado Único de Cambios controlado por el Banco Central.

En su carácter de abogado, aseguró que él estaría dispuesto a trabajar en la defensa de una persona acusada de una infracción cambiaria por no haber liquidado las criptomonedas recibidas, indicó Criptonoticias.

"Hay muchísimos argumentos de defensa porque la norma no es en absoluto clara, no da una vía de cumplimiento y ni siquiera permite liquidar las monedas digitales como divisas, porque el Banco Central no considera que sean divisas", explicó.

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