Este viernes, la Inspección General de Justicia (IGJ), en una resolución firmada el 26 de febrero por su inspector general Ricardo Nissen, decidió suspender por 180 días el registro digital de las Sociedades por Acciones Simplificada (SAS). 

Además, se elimina la posibilidad de llevar los libros contables y societarios de forma digital y exige volver a hacerlo en papel. En ese sentido, dispuso que fiscalizará a las SAS evaluando si los emprendimientos poseen condiciones adecuadas según dispongan -sin parámetros objetivos- los funcionarios de dicha dependencia. 

La medida, que quedó establecida en la Resolución General de la IGJ N° 06/2020, fue fuertemente criticada por la Asociación de Emprendedores de Argentina (ASEA). 

"Es una decisión que atrasa y dificulta el trabajo de los emprendedores argentinos", enfatizó Alejandro Ramírez, responsable de Políticas Públicas de ASEA. 

"Hasta hoy, los libros contables se llevaban de manera digital a través del sistema Blockchain, lo que garantiza absoluta transparencia e inviolabilidad en la gestión de la información. Ahora, habrá que volver a un sistema del siglo XIX, completamente anacrónico y permeable a cualquier adulteración. De esta forma, Argentina es el único país del mundo que pasa de un sistema digital al formato papel. Este hecho, no solo atenta contra la transparencia de las empresas, sino que triplica los costos de constitución de una sociedad", agregó el ejecutivo. 

"En un país en el que las PyMEs representan el 44% del PBI, el emprendimiento debe ser una política de Estado, porque los emprendedores de hoy son las PyMEs del futuro", reflexionó Ezequiel Calcarami, presidente de ASEA. 

Para el directivo, "medidas como estas no hacen más que desalentar a los argentinos que quieren emprender; y es curioso volver atrás en un esquema societario que se tomó como referencia en la ONU, la OEA y en diferentes países de la región". 

ASEA subrayó en un comunicado que entre las acciones que hasta hoy podían realizarse de manera digital, se destacan la constitución de la sociedad -la cual se realizaba en menos de 24 horas-, así como todos los trámites posteriores (cambio de sede, variaciones de capital, transformación, designación de autoridades, disolución, entre otras). 

Ahora, a partir de la entrada en vigencia de la nueva resolución, todas esas gestiones volverán a realizarse en formato papel y se regirán por una resolución del año 2015 (Resolución General I.G.J. N° 7/2015), algo que, según explican desde ASEA, "agrega burocracia y dificulta la apertura de una empresa." 

"Además de elevar los costos, es una medida que atenta contra la libertad de los emprendedores y las pymes de poder diseñar sus negocios según sus necesidades. La IGJ se atribuye facultades que el Congreso de la Nación -mediante la Ley de Emprendedores- estableció que no tiene, lo que significa una violación a la división de poderes, ya que es competencia del Poder Judicial y no del Ejecutivo analizar la norma", advirtió Calcarami.

Al respecto, señaló: "De ahora en más, la IGJ va a poder decidir si el objeto de una sociedad es adecuado o si un emprendedor tiene suficiente dinero para poder hacer un emprendimiento, en un claro desconocimiento de cómo funciona el ecosistema emprendedor, y presumiendo que detrás de toda sociedad hay un fraude. Si hasta ayer era difícil emprender en Argentina, hoy lo es más".

De acuerdo con datos aportados por ASEA, desde la aprobación de la Ley de Emprendedores, en marzo de 2017, se crearon más de 20 mil empresas con la figura de la SAS y se generaron más de 47 mil puestos de trabajo registrados -a lo que se debe sumar el trabajo indirecto-.

Asimismo, en el año 2019, como en lo que va del 2020, la SAS fue el tipo societario más elegido por las pymes, lo que representa en la actualidad el 50% de las sociedades que se constituyen ante la IGJ.

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