Una deuda con la tarjeta de crédito puede transformarse en un verdadero "dolor de cabeza" si no se abordan a tiempo los pagos o si la situación económica personal impide abonarlas y las atrasa aún más; lo que, como si fuera poco, suma intereses a la misma.

Lo que muchos no saben es que existe un plazo legal a partir del cual esa deuda ya no puede ser reclamada judicialmente.

Sin embargo, surgen dudas en torno a esto: cuándo sucede, qué consecuencias puede tener en el Veraz y cómo actuar ahora, cuando no se puede planificar, si ya existe una mora previa.

¿Qué dice la ley sobre las deudas por tarjeta de crédito?

Según indica el Artículo 47 de la Ley N° 25.065 de Tarjetas de Crédito, los plazos de prescripción varían según el tipo de acción judicial que se inicie:

Una vez vencidos estos plazos, el acreedor no puede iniciar acciones legales, aunque la deuda no desaparece. De esta forma, si el deudor decide pagar voluntariamente, el mismo sigue siendo válido.

¿Cómo afecta la deuda en el Veraz?

Si no se cancela la deuda, la información negativa permanece en el Veraz por un máximo de cinco años.

En el caso de que el deudor abone luego de la prescripción, su historial se actualiza, pero el dato permanece visible durante dos años más desde la fecha del pago.

¿Cómo se puede consultar la situación crediticia personal?

De esta manera, una persona pueda verificar si está incluido en el Veraz:

Consejos para evitar deudas con tarjeta de crédito

Para evitar caer en mora y mantener un historial financiero saludable, los expertos recomiendan:

¿Qué puede hacer una persona si ya está endeudada?

Si se acumuló deuda y no se puede afrontarla, lo ideal es actuar cuanto antes para evitar embargos o procesos judiciales. Estas son algunas acciones recomendadas:

Cabe aclarar que el embargo no es automático: solo puede ordenarse mediante sentencia judicial, y está limitado por normas que protegen ingresos básicos del deudor.

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