Todos los trabajadores deberán pedir la inscripción en el Registro Único de Transporte y Motovehículos y/o Ciclorodados y el alta correspondiente
12.12.2018 • 11:50hs • Bajo la lupa
Bajo la lupa
Sentencia: Rappi y Glovo deberán cumplir las reglamentaciones del gobierno porteño
El Juzgado Número 2 en lo Contencioso-administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) dio lugar a la cautelar presentada por nueve firmas de logística y ordenó la entrega de habilitaciones como prestadores de servicios de mensajería urbana y reparto domiciliario, así como también los certificados y credenciales para repartidores y vehículos.
Por su parte, Rappi y Glovo, y todos sus trabajadores, deberán pedir la inscripción en el Registro Único de Transporte y Motovehículos y/o Ciclorodados y el alta correspondiente.
Como destaca el sitio Comercio y Justicia, el juez Roberto Gallardo ratificó la sentencia de la causa, iniciada en mayo.
Asimismo, confirmó que el crecimiento de este sector, bajo la denominación de “plataformas informáticas” (alegando a Rappi y Glovo), evidenció un aumento exponencial de la oferta.
Sin embargo, ninguna tuvo la habilitación pertinente establecida en el Código de Tránsito y Transporte porteño: “la actividad se desarrolla de manera abiertamente irregular y en clara violación de la voluntad del legislador local, que reguló el servicio en cuestión y lo sometió a un estricto control por parte de la Administración”, sostuvo.
Por su parte, sostuvo que la falta de control desemboca en un “serio riesgo para la salud de las personas”, especialmente en seguridad vial y sanidad en materia de alimentos.
Como consecuencia de esto, las compañías deberán cumplir con esta regulación en el plazo de 60 días, donde se establecerán controles, multas y sanciones para todos aquellos que actúen de forma irregular.